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Bases genéricas promoción tarjeta de crédito CAM Plus (Válidas hasta 25/12/11) 

1. Participantes.

  • Participan en esta promoción todos los titulares de las tarjetas CAM Plus* operativas cuyo titular sea una persona física.

    * Productos de CAMGE Financiera, E.F.C., S.A (NRBE 8824) empresa del grupo CAM. Distribuye CAM.
2. Características de la Tarjeta.
  • Tarjeta de crédito exclusivamente con forma de pago revolving (cuota mensual fija o porcentual).
  • Es una tarjeta gratuita; no tiene ni cuota de emisión, ni cuota de mantenimiento anual.
  • No tiene comisión por reintegros a crédito en cajeros CAM.
3. Descripción de la Promoción:
  • La promoción consiste en la acumulación como mínimo de un 1% de descuento (cash-back) por cada compra realizada en comercios con la tarjeta CAM Plus.
  • La CAM podrá incrementar este porcentaje en los periodos promocionales que estime convenientes, informando mediante publicidad y/o en la página web.
  • El descuento correspondiente a cada operación de compra se va acumulando y el abono, es realizado previa solicitud del cliente con carácter anual.
  • Si el cliente cancela una operación realizada con la tarjeta por la cual ha tenido derecho a acumulación de cash-back, este importe acumulado se reducirá en la misma proporción en la que se sumó al realizar la operación de compra.
  • Si el cliente amortiza anticipadamente parcial o totalmente el saldo dispuesto, la bonificación acumulada se reducirá en la misma proporción en la que se sumó al realizar la compra.
4. Duración de la Promoción.
  • La promoción descrita en el punto 3, estará vigente durante el periodo de validez de las presentes bases.
  • Esta promoción podrá ser prorrogada junto con la actualización de las bases.
5. Información del % de Cash-Back acumulado.
  • Al cliente se le comunicará mensualmente, junto con el extracto de liquidación de su tarjeta, la bonificación obtenida durante el mes en cuestión y la acumulada en el año.
  • La acumulación de cash back se realiza a lo largo de un año estableciendo el periodo de acumulación desde el 26/12 del año anterior al 25/12 del año en curso.
  • De forma anual, coincidiendo con la finalización del año en curso, se comunicará a los clientes la bonificación acumulada en el año y la forma de hacerla efectiva.
  • También podrán obtener información a través de los cajeros automáticos, por teléfono llamando al 902 100 112 o por CAM Directo Internet así como realizar a través de los citados canales la solicitud del abono del importe acumulado.
6.- Solicitud de abono del Cash-Back.
  • La solicitud del abono de la bonificación acumulada, se realiza de forma anual. Estableciéndose un periodo de 2 meses (coincidiendo normalmente con los primeros meses del año natural siguiente al periodo acumulado). El abono acumulado puede ser solicitado a través de los diversos canales, establecidos por CAM para tal efecto, con el siguiente procedimiento y forma:

    Cajero
    - Introducir a tarjeta y teclear el número secreto.
    - Seleccionar la opción de “Otras Operaciones”.
    - Seleccionar la opción de “Bonificación Tarjeta Cam Plus”.
    - Para proceder al abono pulsar tecla “Continuar” (Entrega justificante).

    CAM Directo Telefónico, llamando al 901 20 90 20.

    CAM Directo Internet
    - Seleccionar la pestaña “Tarjetas” del menú principal de opciones.
    - Seleccionar la línea correspondiente al tipo “Tarjeta Cam Plus”.
    - Seleccionar la opción “Bonificaciones Tarjeta Cam Plus” del menú de opciones que aparece a la izquierda de la pantalla.
    - Pulsar el botón de “abono bonificación".

  • Anualmente CAM informará a todos los clientes que tengan bonificaciones acumuladas y derecho a las mismas, tanto del periodo de solicitud de abono de las bonificaciones, como de la forma de hacerlas efectivas. La comunicación se enviará al domicilio que conste en nuestra base de datos como domicilio de correspondencia.
  • Para que un cliente pueda hacer efectiva la bonificación acumulada, debe de tener la tarjeta operativa en el momento de solicitud del abono de la bonificación, es decir, no haberla cancelado, en cuyo caso pierde el derecho al abono de la misma. En los casos de Robo o Extravío, el cliente deberá cursar la solicitud del abono a través de su oficina CAM o llamando al teléfono 901 20 90 20, para tener derecho a la bonificación se comprobará que existe, a nombre del titular, otra tarjeta CAM PLUS activa.
7. Casos Especiales.
  • El titular de una tarjeta que tenga algún recibo pendiente, no podrá obtener el abono del cash-back acumulado, hasta que no regularice dicha situación, siempre y cuando se encuentre dentro del periodo habilitado para su abono (punto 6).
  • En el caso de que se cancele o anule la tarjeta y el cliente no disponga de ninguna otra tarjeta CAM Plus durante el periodo de solicitud de abono, se pierde el derecho a solicitar el descuento acumulado.
  • Si el cliente cancela una operación realizada con la tarjeta por la cual ha tenido derecho a acumulación de cash-back, este importe acumulado se reducirá en la misma proporción en la que se sumó al realizar la operación.
  • La no solicitud de la bonificación, tal y como se indica en el punto 6 de estas bases, o la misma fuera de plazo, supondrá la pérdida de todos los derechos de la promoción.
8.- Otra Información.
  • CAM se reserva el derecho a suspender y/o modificar las condiciones de la promoción de la tarjeta CAM PLUS comunicándolo por escrito o a través de la publicidad en las oficinas.
  • La participación en esta promoción presupone la aceptación de estas Bases.
  • La Caja de Ahorros del Mediterráneo se reserva su interpretación, así como la facultad de resolver las incidencias no contempladas en las mismas.
  • El importe abonado estará sujeto a la fiscalidad vigente.
  •  Más información de la Promoción de las Tarjetas CAM: 902 100 112 (de lunes a sábado, de 8:00 a 23:00 h.) o consulte nuestra página Web (www.cam.es).