Esta póliza tiene por objeto resarcir los daños y perjuicios económicos, materiales y defensa jurídica del Asegurado, que puedan producirse al mismo como arrendador de una vivienda urbana y derivados del impago de la renta por parte del inquilino, mediante las coberturas y limitaciones que se detallan en las Condiciones Generales, Particulares y en su caso Especiales, de la Póliza.
Coberturas:
- Impago de alquileres: El impago por parte del inquilino de la renta de alquiler, correspondiente a la vivienda arrendada y detallada en las Condiciones Particulares de la póliza, hasta el límite de la Suma Asegurada indicada en las Condiciones Particulares y con un límite máximo de 3.000 € mensuales, con el limite temporal máximo de 12 meses de renta.
- Actos vandálicos al Continente: Los deterioros inmobiliarios y/o el robo que afecten al Continente de la vivienda asegurada, causados por el inquilino como consecuencia de actos de vandalismo o malintencionados, y se constaten (interponiendo la correspondiente denuncia ante las autoridades) tras su desalojo o marcha de la vivienda, comparando el estado de la misma con aquel en que se encontraba cuando el inquilino formalizó el contrato de arrendamiento, siempre que exista un siniestro indemnizado con cargo a la cobertura A) de impago de alquileres.
- Defensa Jurídica: El Asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en este contrato de Seguro de Defensa Jurídica, a reclamar y a hacerse cargo de los gastos de abogado y procurador, primero extrajudicialmente y después en vía judicial, si procede, en los siguientes supuestos, siempre y cuando en dichas circunstancias el contrato de arrendamiento entre arrendador e inquilino esté en vigor:
Impago de la renta de la vivienda arrendada situada en territorio español e indicada en las Condiciones Particulares de la póliza.
Daños producidos por el propio inquilino a la vivienda arrendada, ubicada en territorio español.
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Te puedes proteger por aproximadamente el 70% de una mensualidad. La prima se puede fraccionar en semestral o trimestral, siempre que la prima neta anualizada sea superior a 300€.
Seguro contratado con Mediterráneo Seguros Diversos Cía. de Seguros y Reaseguros S.A. y mediado por Mediterráneo Mediación S.A., Operador de Banca-Seguros Vinculado, del Grupo Caja Mediterráneo, C.I.F. A-03424223, domicilio social en Avda. de Elche, nº 178, Edif. Admin.3ª planta, 03008 Alicante. Inscrita en el R.M. de Alicante, tomo 2232, folio 62, hoja A-17.428, inscripción 25 y en el Registro Administrativo Especial de Mediadores de Seguros de la D.G.S.F.P. con clave nº OV-0004, teniendo concertado un Seguro de Responsabilidad Civil y disponible de la capacidad financiera con arreglo al art. 21 de la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.