Seguro de ahorro por el que mediante la realización automática de aportaciones periódicas (flexibles y con un mínimo de 50 €/mes), te garantizamos un renta mínima a percibir en la fecha prevista para su cobro.
Importantes ventajas fiscales si al vencimiento se percibe en forma de renta, para lo cual únicamente se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Aportaciones anuales ≤ 8.000 €
- Plazo mínimo desde la prima más antigua 10 años.
- Primas acumuladas desde la contratación ≤ 240.000 €.
Sólo se tributa en IRPF cuando se dispone del ahorro.
Interés mínimo garantizado y una participación en beneficios, que se traduce en un interés reconocido trimestralmente.
Los rendimientos que se producen por la capitalización de las aportaciones periódicas al tipo de interés reconocido, se van acumulando al ahorro constituido.
Liquidez ante cualquier imprevisto:, podrás disponer total o parcialmente del ahorro acumulado (con un mínimo de 1.000 €).
Capital adicional por fallecimiento que oscilará entre 2.000 € y 3.000 € en función de la edad del asegurado, de acuerdo a lo dispuesto en las condiciones generales de la póliza.
Sin comisiones de mantenimiento.